PROYECTO DE LEY 

El Senado y Cámara de Diputados,…

Artículo 1º – Créase el Certificado de Idioma Español para Extranjeros, cuya aprobación será obligatoria para los estudiantes provenientes de países cuyo idioma oficial no sea el español, que deseen realizar estudios terciarios o universitarios en el país.
Art. 2º – El Ministerio de Educación será el órgano de aplicación y supervisión de lo que disponga la reglamentación de la presente.
Art. 3º – El certificado será implementado en el país a través de convenios con las universidades nacionales y a nivel internacional con la colaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
La lengua como elemento fundamental del patrimonio de las naciones es un hecho admitido y valorado en la actualidad, así como la importancia económica que están adquiriendo las industrias de la lengua.
En el mundo, existen diversos exámenes para convalidar el conocimiento de determinadas lenguas, cuya aprobación se exige a los extranjeros que deseen realizar ciertas actividades académicas o laborales. A modo de ejemplo, podemos citar el TOEFL (Test of English as a Foreign Language) o el IELTS (International English Language Testing System), que acreditan el conocimiento de inglés de los estudiantes de todo el mundo que deseen estudiar en los EE.UU., el Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelanda u otros países que emplean el inglés como idioma de enseñanza, o de quienes se postulen para empleos ofrecidos por ciertas instituciones de esos países.
En lo que respecta a nuestro idioma, el Estado español ha creado, en 1991, el Instituto Cervantes, institución dedicada a la promoción y enseñanza de la lengua española y a la difusión de la cultura española e hispanoamericana. Entre sus funciones está la de organizar cursos generales y especiales de lengua española en cuatro continentes y acreditar el conocimiento de la misma en tres niveles: inicial, básico y superior, a través de los Diplomas Oficiales de Español como Lengua Extranjera (DELE).
En el ámbito del Mercosur, Brasil ha implementado, desde 1995, el CELPE-Bras (Certificado de Proficiência em Língua Portuguesa para Estrangeiros), administrado por el Ministerio de Educación con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores, como único certificado brasileño de conocimiento del portugués como lengua extranjera con reconocimiento oficial, exigiéndose su aprobación en las universidades para el ingreso a carreras de grado y posgrado.
En nuestro país no existe un certificado de similares características. Desde 1995, la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, a través de su Laboratorio de Idiomas, prepara exámenes de este tipo destinados a todos los extranjeros interesados que provengan de países cuya lengua oficial no sea el español y que, por razones laborales o académicas, necesitan certificar su nivel de conocimiento de español, pero tales exámenes no gozan de reconocimiento oficial.
El proceso de globalización promueve, en el ámbito educativo, el intercambio de estudiantes, y ello hace imprescindible la implementación de un certificado de conocimiento del idioma español, cuya aprobación sea obligatoria para aquellos estudiantes que deseen estudiar en universidades e institutos terciarios de nuestro país, cuyo idioma oficial no sea el español. Por todo lo expuesto, ponemos en consideración de esta Honorable Cámara el presente proyecto de ley.