EXPTE: 907-D-08


                                                   PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN


DECLARA


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto desarrolle e implemente un Código de Conducta de los funcionarios públicos orientado a asegurar el comportamiento íntegro de los servidores públicos en sus relaciones profesionales y personales. Dicho código de conducta debería actuar como una norma de desempeño que establezca un conjunto de compromisos de sus funcionarios ante la sociedad, inspirados, en este caso, en la visión y misión del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
 
FUNDAMENTOS

Sr. Presidente,
Sin perjuicio de que el sentido de este proyecto bien podría comprender al conjunto de la Administración del Estado, con el objeto de obtener una mayor calidad y transparencia en el servicio público, el presente se ciñe, en este caso al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Creemos que sería una excelente señal que el Ministerio se aboque a desarrollar e implementar un Código de Conducta de los funcionarios públicos orientado a asegurar el comportamiento íntegro de los servidores públicos en sus relaciones profesionales y personales.
Si bien el Servicio Exterior de la Nación es uno de los cuerpos permanentes del Estado mejor formado y capacitados, como toda organización humana no está exenta de casos de funcionarios que no cumplen con eficacia o apego a la ley sus responsabilidades incurriendo en conductas ímprobas. Recientes hechos acaecidos en ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, así lo demuestran.
Como una forma de evitar estas cuestiones, las organizaciones privadas y cada vez más las públicas, acuden a la utilización de Códigos de Conducta. Dicho instrumento actúa como una norma de desempeño que establece un conjunto de compromisos de los funcionarios ante la sociedad inspirados en la visión y misión de la organización a la que pertenecen, en este caso al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Los temas que no deberían faltar en el Código de Conducta son los siguientes:
La defensa de los intereses de la comunidad a la cual se representa.
El conocimiento de las leyes, normas y valores aplicables; la diligencia en la realización de las funciones, y el apego a las normas de calidad con un enfoque a la satisfacción del ciudadano.
El ejercicio y el fomento de una cultura ética basada en el ejemplo hacia el personal a cargo, estableciendo lineamientos claros y delimitando funciones y responsabilidades que contribuyan al cumplimiento de los objetivos planteados.
La actitud constructiva y el espíritu de servicio, que promueva un ambiente de respeto, colaboración, la sana competencia que permita el desarrollo profesional y enaltecimiento de las labores encomendadas como servidor público.
La racionalidad y ahorro en la utilización de los recursos públicos en forma eficiente, eficaz y honesta, con respeto por la preservación del medio ambiente.
La transparencia en la rendición de cuentas y la imparcialidad en el proceder, resguardando siempre el interés público por sobre los intereses particulares.
El compromiso con la mejora continua, contribuyendo con todos los elementos a su alcance que den seguridad, facilidad de acceso y rapidez a los trámites y servicios de la gestión pública, que satisfagan las necesidades de la ciudadanía.
El compromiso con la misión, visión y objetivos del Ministerio, así como la lealtad hacia los intereses de la República, sobre cualquier circunstancia.
La discreción en el desempeño del cargo preservando la imagen institucional.
Finalmente también se puede tomar como referencia para su definitiva redacción la los conceptos contenidos en la “Convención Interamericana Contra la Corrupción” adoptada en Caracas en marzo de 1996 y ratificada en abril de 1997.
Por las razones antes expuestas, es que pongo este proyecto a disposición de mis pares y les solicito que me acompañen.
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