ACUERDO PARA UNA POLITICA DE SEGURIDAD DEMOCRATICA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES


El Acuerdo para una política de seguridad democrática firmado en diciembre de 2009 por una vasta alianza multisectorial y multipartidaria, observa con gran preocupación los retrocesos en materia de seguridad pública que representan muchas de las políticas desarrolladas durante los últimos años en la Provincia de Buenos Aires, tanto por su probada ineficacia como por sus graves consecuencias en materia de vulneración de derechos fundamentales. Frente a esa realidad, este Acuerdo busca proponer alternativas para una resolución democrática de los problemas del delito y la inseguridad en el principal distrito del país.

Entre las numerosas regresiones ocurridas en materia de seguridad, se destacan:



ü    El desmantelamiento de los mecanismos que posibilitaban la gestión civil de la seguridad y la delegación del gobierno de la seguridad pública a la propia policía.

ü    La creación de una jefatura centralizada que concentra nuevamente en un único jefe de policía y una mínima “cúpula” integrada por comisarios generales, el poder estratégico y de gestión sobre una fuerza de 52.000 efectivos y un presupuesto anual de 900 millones de dólares.

ü    La cesantía del personal civil y la restitución de las facultades policiales de investigación en la Auditoría de Asuntos Internos, un organismo especializado en la indagación y sanción administrativa de las irregularidades cometidas por los miembros de la fuerza policial.

ü    El traspaso de la potestad de realizar sumarios y aplicar sanciones disciplinarias de la dirección civil al jefe de policía.

ü    La reforma del estatuto policial que desalienta la profesionalización de la fuerza, elimina la lógica de la especialización y recrea los escalafones Comando y General (antes Oficiales y Suboficiales), lo que representa una vuelta a la tradición de estamentos propia de las instituciones militarizadas.

ü    La reunificación de los Ministerios de Seguridad y Justicia, y la consecuente degradación del área ministerial en una secretaría que reduce las capacidades institucionales para ejercer el control civil y refuerza aun más la autonomía policial.

ü    La desarticulación de los mecanismos de control externo que se ejercían mediante los foros de seguridad y en coordinación con los gobiernos municipales, y el vaciamiento del área de participación y de las demás herramientas de control y evaluación comunitaria del funcionamiento policial.

ü    La eliminación de la autonomía del sistema centralizado de emergencias (línea 911) que dependía de las autoridades civiles del Ministerio y funcionaba con personas especialmente preparadas para la atención telefónica, pero fueron reemplazadas por personal del área de seguridad sin capacidad técnica en la materia.

ü    Las propuestas de modificación del Código de Faltas y de la ley que regula los principios generales del Fuero de Familia y del Fuero Penal del Niño de la Provincia de Buenos Aires, que amplían las facultades de las fuerzas de seguridad para privar de la libertad a personas, poniendo en serio riesgo las libertades de los habitantes de la provincia y en particular de los menores de edad.

ü    La aprobación de una modificación del Código Procesal Penal provincial que restringe aun más las excarcelaciones, al establecer como no excarcelables los delitos cometidos con armas de fuego y aquellos en los que se haya utilizado a un menor de edad.

Estas políticas ya han sido probadas por varios gobiernos provinciales a lo largo de los últimos quince años, y su nulo impacto sobre la reducción del delito y las graves consecuencias que acarrean en términos de violación de derechos y garantías individuales permiten predecir su fracaso.

Por otra parte, la interrupción de algunos procesos de reforma de las instituciones de seguridad que tuvieron resultados positivos y el desmantelamiento de mecanismos de control que estaban en funcionamiento, agravan los costos institucionales de estas intervenciones y alejan las posibilidades de dar una respuesta satisfactoria a los problemas.

Es por todo ello que los firmantes del Acuerdo realizan un llamamiento a los actores institucionales y sociales de la provincia de Buenos Aires para que asuman con responsabilidad desde el campo democrático la discusión de aquellas políticas públicas que se encuentran implementadas y en debate, y proponen algunas acciones que deberían formar parte de una agenda de seguridad democrática:

ü    Recuperar el funcionamiento de los órganos de gobierno y control civil de la gestión de la seguridad, especialmente los vinculados al control disciplinario, producción de información, gestión de emergencias (Sistema 911) y de evaluación operativa de la fuerza policial.

ü    Retomar la orientación hacia la especialización, modernización funcional y descentralización de la gestión policial bajo la dirección de la autoridad civil del Ministerio de Seguridad, y poner fin al autogobierno policial.

ü    Recuperar y profundizar los mecanismos de participación comunitaria en el diagnóstico, planificación y control de gestión de la seguridad pública establecidos por la ley 12.154.

ü    Frenar las modificaciones legislativas orientadas a criminalizar la pobreza, la protesta social y la estigmatización de jóvenes y niños en situación de riesgo, e impulsar en su lugar iniciativas orientadas a la inclusión social y la igualdad de oportunidades para todos los sectores de la población.

ü    Promover la profesionalización de la investigación penal a través de la creación de una policía judicial que garantice la especialización, un alto nivel técnico y científico y su estricta separación de las tareas policiales de prevención.

ü    Promover una profunda reforma del sistema de encarcelamiento provincial, que incluya la desmilitarización y reestructuración del Servicio Penitenciario provincial; la democratización y profesionalización del sistema de encierro de jóvenes; el cumplimiento de la prohibición de mantener personas presas en comisarías, y el establecimiento de mecanismos de control interno y externo ejercidos por autoridades civiles.

ü     Ejercer un estricto control sobre las facultades policiales de detención y tratamiento de detenidos en dependencias policiales.

ü    Implementar el riguroso cumplimiento de los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas (CIDH), de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (ONU) y del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura de la ONU.

ü    Promover la creación de un Observatorio Provincial del Delito y la Violencia e impulsar su extensión a los municipios.